*Sólo para personas naturales. Título de formación universitaria de nivel profesional, que se acredita con copia del diploma o del acta de grado
*Sólo para personas jurídicas. Capacidad, según el objeto social para el desempeño de la actividad de secuestre, que se acredita con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a 1 mes anterior a la apertura de la convocatoria.
*Patrimonio superior a 30 SMLMV a la fecha de la inscripción, que se acredita con certificación suscrita por Contador Público debidamente registrado, con fecha de expedición no superior a 1 mes anterior a la apertura de la convocatoria. .
*Superior a 5 SMLMV a la fecha de la inscripción, que se acredita mediante extracto expedido por una entidad financiera, con fecha de corte no superior a 1 mes anterior a la apertura de la convocatoria
*Espacio para bodegaje, que se acredita con certificado de tradición y libertad en el que el inmueble figure a nombre de la persona aspirante con fecha de expedición no superior a 1 mes anterior a la apertura de la convocatoria; o con contrato que demuestre la tenencia a favor del mismo, por un lapso mínimo de 3 años contados a partir del cierre de la convocatoria; o con certificación de un almacén general de depósito sobre su disponibilidad para prestar el servicio al aspirante, conforme a la eventualidad contemplada en el numeral 6, del art. 595 del CGP.
*Sólo para personas jurídicas. Se acreditará con documento descriptivo suscrito por el representante legal y el contador o revisor fiscal de la empresa.
*5 años de actividades relacionadas con la administración o custodia de bienes, que se acreditan con certificaciones expedidas por los contratantes de los servicios del aspirante en virtud de relaciones de índole laboral, civil o comercial; o con copia de la licencia de secuestre anteriormente obtenida.
*Póliza de una compañía de seguros que cubra el correcto cumplimiento de los deberes relativos a la administración y custodia de los bienes entregados, así como su devolución y los demás que le señale la Ley, la cual debe cumplir con la siguientes condiciones: Tomador: Aspirante a Secuestre Asegurado: Aspirante a Secuestre Beneficiario: La Nación- Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces Valor asegurado: 200 SMLMV. Vigencia: 2 años contados a partir del 1 de abril del año siguiente al de la convocatoria Siniestro: Lo constituye la declaración del funcionario judicial que haya designado al Secuestre, acerca del incumplimiento de sus deberes
*REQUISITOS DE COMPETENCIA Y MORALIDAD - Artículo 13. Acuerdo PSAA15-10448 de 2015 Todos los aspirantes a los cargos de Auxiliares de la Justicia deberán ser mayores de edad, capaces y carecer de antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales, lo cual se acreditará con los siguientes certificados: A. Documento de identidad (ambas caras) B. Certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Procuraduría General de la Nación. C. Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República D. Certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional de Colombia
Para el caso de los partidores, adicionalmente allegarán el certificado del Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces, acerca de la inexistencia de antecedentes disciplinarios como abogados (también se exige para representante legal cuando este es abogado- acorde con los requisitos definidos en el formulario de inscripción) Todos los certificados deberán tener fecha de expedición no superior a 1 mes anterior a la apertura de la convocatoria Para las personas jurídicas, se requieren los mismos certificados del representante legal- Ver requisitos definidos en el formulario de inscripción
*La experiencia en el área se certificará mediante constancia donde se especifique tiempo de servicio, actividad realizada y entidad otorgante. Si se trata de un Auxiliar de la Justicia, la experiencia se acreditará con certificación en la que se especifique el tiempo de servicio como Auxiliar y el despacho judicial que lo expide
Para el caso de persona jurídica, se requiere certificación de existencia y representación legal donde el objeto social tenga relación con los cargos inscritos en la convocatoria. La experiencia en el área se certificará mediante constancia donde se especifique tiempo de servicio, actividad realizada y entidad otorgante, el cómputo de la experiencia se tendrá en cuenta desde la fecha de constitución de la persona jurídica y la certificación que acredite la actividad realizada